Prevención integral de riesgos
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Prevenir riesgosResumen Ejecutivo
Guía de Normatividad ALA/CFT (Anti-Lavado de Activos y Contra-Financiación del Terrorismo) - Sector Vigilancia y Seguridad Privada es una regulación emitida por Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada que establece las obligaciones de cumplimiento para el sector private security and surveillance.
Puntos Clave:
- Entidades Obligadas: Empresas transportadoras de valores, Empresas blindadoras de vehículos
- Sistema Requerido: SARLAFT (Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo) y SIPLAFT (Sistema Integral para la Prevención y Control del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo), según el servicio prestado
- Reportes Principales: ROS: Inmediato (para todos)., Ausencia de ROS: Mensual (para transportadoras y blindadoras).
- Jurisdicción: Colombia
Define las obligaciones de prevención de LA/FT (Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo) para el sector de vigilancia y seguridad privada, estableciendo la implementación de SARLAFT o SIPLAFT y reportes específicos a la UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero) según la naturaleza del servicio (transporte de valores, blindaje, vigilancia física, etc.).
Sector Vigilado por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
¿Qué normas los regula?
- Circular Externa No. 008 de marzo de 2011.
- Circular Externa No. 20172000000465 de noviembre de 2017.
- Circular Externa No. 20182000000045 de febrero de 2018.
¿Quiénes deben aplicar las normas?
- Circular 008/2011: Empresas transportadoras de valores, empresas de vigilancia con modalidad de transporte de valores, y empresas blindadoras de vehículos.
- Circular 465/2017: Empresas y cooperativas de vigilancia (con/sin armas, especiales, comunitarias), escuelas de capacitación, departamentos de seguridad, servicios de asesoría y empresas de equipos de seguridad.
- Circular 045/2018: Servicios de arrendamientos de vehículos blindados.
¿Cuál es el sistema que deben aplicar?
- SARLAFT: Empresas transportadoras de valores, blindadoras y arrendadoras de vehículos blindados.
- SIPLAFT: Empresas y cooperativas de vigilancia y seguridad privada (según Circular 465/2017).
¿Cuáles son los reportes que se deben realizar a la UIAF y su periodicidad?
Para Empresas Transportadoras de Valores (Circular 008/2011)
- Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS): Inmediato.
- Reporte de Ausencia de Operaciones Sospechosas: Mensual.
- Reporte de Transacciones en Efectivo: Mensual.
- Individuales: Cuantía de $50.000.000.
- Múltiples: Cuantía de $250.000.000.
- Reporte de Transporte de Metales, Joyas, Piedras Preciosas, etc.: Mensual.
- Reporte de Ausencia de Transporte de Metales, Joyas, etc.: Mensual.
Para Empresas Blindadoras de Vehículos (Circular 008/2011)
- Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS): Inmediato.
- Reporte de Ausencia de Operaciones Sospechosas: Mensual.
- Reporte de Transacciones en Efectivo: Mensual.
- Individuales: Cuantía de $10.000.000.
- Múltiples: Cuantía de $50.000.000.
- Reporte de Ausencia de Transacciones en Efectivo: Mensual.
Para Empresas de Vigilancia y Seguridad Privada (Circular 465/2017)
- Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS): Inmediato.
Para Servicios de Arrendamiento de Vehículos Blindados (Circular 045/2018)
- Se acogen a lo contenido en la Circular Externa No. 008 de 2011 para el cumplimiento del SARLAFT.
Definiciones Clave
SARLAFT: Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
SIPLAFT: Sistema Integral para la Prevención y Control del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
ROS: Reporte de Operaciones Sospechosas
UIAF: Unidad de Información y Análisis Financiero
LA/FT: Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
ALA/CFT: Anti-Lavado de Activos y Contra-Financiación del Terrorismo
Preguntas Frecuentes
¿Quién debe cumplir con esta regulación?
Empresas transportadoras de valores, Empresas blindadoras de vehículos, Empresas y cooperativas de vigilancia y seguridad privada, Escuelas de capacitación, Servicios de arrendamiento de vehículos blindados.
¿Cuál es la periodicidad de los reportes?
Los reportes principales deben enviarse según los plazos establecidos: ROS de forma inmediata, otros reportes según la periodicidad específica de cada tipo.
¿Dónde se envían los reportes?
Los reportes se envían a través del Sistema de Reportes en Línea (SIREL) de la UIAF.
¿Qué pasa si no cumplo?
El incumplimiento puede resultar en sanciones administrativas, multas y otras medidas correctivas por parte de la autoridad supervisora.
Recursos Relacionados
Documentos Normativos
- Circular Externa No. 008 de 2011
- Circular Externa No. 20172000000465 de 2017
- Circular Externa No. 20182000000045 de 2018