Implementación de sarlaft para el sector de economía solidaria

Autoridad
Superintendencia de la Economía Solidaria (SuperSolidaria)
Sistema
SARLAFT (Sistema de Administración del Riesgo de LA/FT)
Versión
2021
Estado
Activo

Cambios normativos en 2025

Las nuevas regulaciones LAFT entran en vigor pronto. Prepara tu empresa antes de las fechas límite.

Prepararse ahora

Resumen Ejecutivo

Guía de Normatividad ALA/CFT (Anti-Lavado de Activos y Contra-Financiación del Terrorismo) - Sector Economía Solidaria es una regulación emitida por Superintendencia de la Economía Solidaria que establece las obligaciones de cumplimiento para el sector solidarity economy (cooperatives, employee funds, etc.).

Puntos Clave:

  • Entidades Obligadas: Cooperativas de ahorro y crédito, multiactivas e integrales, Fondos de empleados y asociaciones mutuales, con umbrales y condiciones específicas.
  • Sistema Requerido: SARLAFT (Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo) (Sistema de Administración del Riesgo de LA/FT (Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo))
  • Reportes Principales: ROS (Reporte de Operaciones Sospechosas): Inmediato., Ausencia de ROS: Mensual.
  • Jurisdicción: Colombia

Establece la implementación obligatoria de un SARLAFT para las organizaciones del sector solidario vigiladas por la Supersolidaria, con diferentes niveles de exigencia según su tamaño y tipo, y detalla los reportes periódicos a la UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero).


Sector Vigilado por la Superintendencia de la Economía Solidaria

¿Qué normas los regula?

¿Quiénes deben aplicar las normas?

La norma aplica a todas las organizaciones solidarias vigiladas por la Supersolidaria, con diferentes niveles de exigencia:

  • Cumplimiento Total (SARLAFT Completo): Cooperativas de ahorro y crédito, fondos de empleados de primer nivel o categoría plena, y otras organizaciones grandes con activos superiores a $10.000 millones.
  • Cumplimiento Parcial (A partir del numeral 3.2): Fondos de empleados de categoría intermedia, fondos de empleados de segundo y tercer nivel con ciertas características, y otras organizaciones con activos inferiores a $10.000 millones.
  • Exceptuadas (con obligaciones mínimas): Fondos de empleados de tercer nivel de una misma empresa, organismos de representación, precooperativas sin crédito, entre otras.

¿Cuál es el sistema que deben aplicar?

SARLAFT: Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo.

¿Cuáles son los reportes que se deben realizar a la UIAF mediante el SIREL (Sistema de Reportes en Línea) y su periodicidad?

  1. Reporte de Operaciones Intentadas, Rechazadas y Sospechosas (ROS): Envío inmediato.
  2. Reporte de Ausencia de Operaciones Sospechosas: Mensual.
  3. Reporte de Transacciones en Efectivo: Mensual.
    • Individuales: Cuantía de dos millones de pesos ($2.000.000) o su equivalente.
    • Múltiples: Cuantía de veinte millones de pesos ($20.000.000) o su equivalente.
  4. Reporte de Ausencia de Transacciones en Efectivo: Mensual.
  5. Reporte de Asociados Exonerados del Reporte de Transacciones en Efectivo: Trimestral.
  6. Reporte sobre Productos Ofrecidos por las Organizaciones Vigiladas: Mensual.
  7. Reporte sobre Tarjetas Crédito o Débito expedidas por cooperativas financieras: Mensual.

Definiciones Clave

SARLAFT: Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo

ROS: Reporte de Operaciones Sospechosas

UIAF: Unidad de Información y Análisis Financiero

LA/FT: Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo

ALA/CFT: Anti-Lavado de Activos y Contra-Financiación del Terrorismo

Preguntas Frecuentes

¿Quién debe cumplir con esta regulación?

Cooperativas de ahorro y crédito, multiactivas e integrales, Fondos de empleados y asociaciones mutuales, con umbrales y condiciones específicas..

¿Cuál es la periodicidad de los reportes?

Los reportes principales deben enviarse según los plazos establecidos: ROS de forma inmediata, otros reportes según la periodicidad específica de cada tipo.

¿Dónde se envían los reportes?

Los reportes se envían a través del Sistema de Reportes en Línea (SIREL) de la UIAF.

¿Qué pasa si no cumplo?

El incumplimiento puede resultar en sanciones administrativas, multas y otras medidas correctivas por parte de la autoridad supervisora.

Recursos Relacionados

Documentos Normativos

  • Circular Externa No. 20 de 2020 (Supersolidaria)
  • Decreto 344 de 2017

Enlaces Útiles