Automatiza tu cumplimiento normativo
Reduce costos operativos y errores humanos con sistemas automatizados de LAFT y PTEE.
Automatizar procesosResumen Ejecutivo
Guía de Normatividad ALA/CFT (Anti-Lavado de Activos y Contra-Financiación del Terrorismo) - Sector Economía Solidaria es una regulación emitida por Superintendencia de la Economía Solidaria que establece las obligaciones de cumplimiento para el sector solidarity economy (cooperatives, employee funds, etc.).
Puntos Clave:
- Entidades Obligadas: Cooperativas de ahorro y crédito, multiactivas e integrales, Fondos de empleados y asociaciones mutuales, con umbrales y condiciones específicas.
- Sistema Requerido: SARLAFT (Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo) (Sistema de Administración del Riesgo de LA/FT (Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo))
- Reportes Principales: ROS (Reporte de Operaciones Sospechosas): Inmediato., Ausencia de ROS: Mensual.
- Jurisdicción: Colombia
Establece la implementación obligatoria de un SARLAFT para las organizaciones del sector solidario vigiladas por la Supersolidaria, con diferentes niveles de exigencia según su tamaño y tipo, y detalla los reportes periódicos a la UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero).
Sector Vigilado por la Superintendencia de la Economía Solidaria
¿Qué normas los regula?
- Circular Externa No. 20 del 18 de diciembre de 2020, que sustituye y deroga la Circular Básica Jurídica del año 2015.
¿Quiénes deben aplicar las normas?
La norma aplica a todas las organizaciones solidarias vigiladas por la Supersolidaria, con diferentes niveles de exigencia:
- Cumplimiento Total (SARLAFT Completo): Cooperativas de ahorro y crédito, fondos de empleados de primer nivel o categoría plena, y otras organizaciones grandes con activos superiores a $10.000 millones.
- Cumplimiento Parcial (A partir del numeral 3.2): Fondos de empleados de categoría intermedia, fondos de empleados de segundo y tercer nivel con ciertas características, y otras organizaciones con activos inferiores a $10.000 millones.
- Exceptuadas (con obligaciones mínimas): Fondos de empleados de tercer nivel de una misma empresa, organismos de representación, precooperativas sin crédito, entre otras.
¿Cuál es el sistema que deben aplicar?
SARLAFT: Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo.
¿Cuáles son los reportes que se deben realizar a la UIAF mediante el SIREL (Sistema de Reportes en Línea) y su periodicidad?
- Reporte de Operaciones Intentadas, Rechazadas y Sospechosas (ROS): Envío inmediato.
- Reporte de Ausencia de Operaciones Sospechosas: Mensual.
- Reporte de Transacciones en Efectivo: Mensual.
- Individuales: Cuantía de dos millones de pesos ($2.000.000) o su equivalente.
- Múltiples: Cuantía de veinte millones de pesos ($20.000.000) o su equivalente.
- Reporte de Ausencia de Transacciones en Efectivo: Mensual.
- Reporte de Asociados Exonerados del Reporte de Transacciones en Efectivo: Trimestral.
- Reporte sobre Productos Ofrecidos por las Organizaciones Vigiladas: Mensual.
- Reporte sobre Tarjetas Crédito o Débito expedidas por cooperativas financieras: Mensual.
Definiciones Clave
SARLAFT: Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
ROS: Reporte de Operaciones Sospechosas
UIAF: Unidad de Información y Análisis Financiero
LA/FT: Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
ALA/CFT: Anti-Lavado de Activos y Contra-Financiación del Terrorismo
Preguntas Frecuentes
¿Quién debe cumplir con esta regulación?
Cooperativas de ahorro y crédito, multiactivas e integrales, Fondos de empleados y asociaciones mutuales, con umbrales y condiciones específicas..
¿Cuál es la periodicidad de los reportes?
Los reportes principales deben enviarse según los plazos establecidos: ROS de forma inmediata, otros reportes según la periodicidad específica de cada tipo.
¿Dónde se envían los reportes?
Los reportes se envían a través del Sistema de Reportes en Línea (SIREL) de la UIAF.
¿Qué pasa si no cumplo?
El incumplimiento puede resultar en sanciones administrativas, multas y otras medidas correctivas por parte de la autoridad supervisora.
Recursos Relacionados
Documentos Normativos
- Circular Externa No. 20 de 2020 (Supersolidaria)
- Decreto 344 de 2017