Implementación de sarlaft para el sector de economía solidaria

Autoridad
Superintendencia de la Economía Solidaria (SuperSolidaria)
Sistema
SARLAFT (Sistema de Administración del Riesgo de LA/FT)
Versión
2021
Estado
Activo

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Resumen Ejecutivo

Guía de Normatividad ALA/CFT (Anti-Lavado de Activos y Contra-Financiación del Terrorismo) - Sector Economía Solidaria es una regulación emitida por Superintendencia de la Economía Solidaria que establece las obligaciones de cumplimiento para el sector solidarity economy (cooperatives, employee funds, etc.).

Puntos Clave:

  • Entidades Obligadas: Cooperativas de ahorro y crédito, multiactivas e integrales, Fondos de empleados y asociaciones mutuales, con umbrales y condiciones específicas.
  • Sistema Requerido: SARLAFT (Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo) (Sistema de Administración del Riesgo de LA/FT (Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo))
  • Reportes Principales: ROS (Reporte de Operaciones Sospechosas): Inmediato., Ausencia de ROS: Mensual.
  • Jurisdicción: Colombia

Establece la implementación obligatoria de un SARLAFT para las organizaciones del sector solidario vigiladas por la Supersolidaria, con diferentes niveles de exigencia según su tamaño y tipo, y detalla los reportes periódicos a la UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero).


Sector Vigilado por la Superintendencia de la Economía Solidaria

¿Qué normas los regula?

¿Quiénes deben aplicar las normas?

La norma aplica a todas las organizaciones solidarias vigiladas por la Supersolidaria, con diferentes niveles de exigencia:

  • Cumplimiento Total (SARLAFT Completo): Cooperativas de ahorro y crédito, fondos de empleados de primer nivel o categoría plena, y otras organizaciones grandes con activos superiores a $10.000 millones.
  • Cumplimiento Parcial (A partir del numeral 3.2): Fondos de empleados de categoría intermedia, fondos de empleados de segundo y tercer nivel con ciertas características, y otras organizaciones con activos inferiores a $10.000 millones.
  • Exceptuadas (con obligaciones mínimas): Fondos de empleados de tercer nivel de una misma empresa, organismos de representación, precooperativas sin crédito, entre otras.

¿Cuál es el sistema que deben aplicar?

SARLAFT: Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo.

¿Cuáles son los reportes que se deben realizar a la UIAF mediante el SIREL (Sistema de Reportes en Línea) y su periodicidad?

  1. Reporte de Operaciones Intentadas, Rechazadas y Sospechosas (ROS): Envío inmediato.
  2. Reporte de Ausencia de Operaciones Sospechosas: Mensual.
  3. Reporte de Transacciones en Efectivo: Mensual.
    • Individuales: Cuantía de dos millones de pesos ($2.000.000) o su equivalente.
    • Múltiples: Cuantía de veinte millones de pesos ($20.000.000) o su equivalente.
  4. Reporte de Ausencia de Transacciones en Efectivo: Mensual.
  5. Reporte de Asociados Exonerados del Reporte de Transacciones en Efectivo: Trimestral.
  6. Reporte sobre Productos Ofrecidos por las Organizaciones Vigiladas: Mensual.
  7. Reporte sobre Tarjetas Crédito o Débito expedidas por cooperativas financieras: Mensual.

Definiciones Clave

SARLAFT: Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo

ROS: Reporte de Operaciones Sospechosas

UIAF: Unidad de Información y Análisis Financiero

LA/FT: Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo

ALA/CFT: Anti-Lavado de Activos y Contra-Financiación del Terrorismo

Preguntas Frecuentes

¿Quién debe cumplir con esta regulación?

Cooperativas de ahorro y crédito, multiactivas e integrales, Fondos de empleados y asociaciones mutuales, con umbrales y condiciones específicas..

¿Cuál es la periodicidad de los reportes?

Los reportes principales deben enviarse según los plazos establecidos: ROS de forma inmediata, otros reportes según la periodicidad específica de cada tipo.

¿Dónde se envían los reportes?

Los reportes se envían a través del Sistema de Reportes en Línea (SIREL) de la UIAF.

¿Qué pasa si no cumplo?

El incumplimiento puede resultar en sanciones administrativas, multas y otras medidas correctivas por parte de la autoridad supervisora.

Recursos Relacionados

Documentos Normativos

  • Circular Externa No. 20 de 2020 (Supersolidaria)
  • Decreto 344 de 2017

Enlaces Útiles

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