Gestión de riesgos la/ft/fpadm para operadores postales

Autoridad
Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC)
Sistema
SARLAFT-FPADM (Sistema de Administración del Riesgo de LA/FT y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva)
Versión
2021
Estado
Activo

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Resumen Ejecutivo

Guía de Normatividad ALA/CFT (Anti-Lavado de Activos y Contra-Financiación del Terrorismo) - Operadores Postales de Pago es una regulación emitida por Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MINTIC) que establece las obligaciones de cumplimiento para el sector postal services.

Puntos Clave:

  • Entidades Obligadas: Operadores de servicios postales de pago, Operador Postal Oficial
  • Sistema Requerido: SARLAFT (Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo)-FPADM (Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva) (Sistema de Administración del Riesgo de LA/FT (Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo) y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva)
  • Reportes Principales: ROS (Reporte de Operaciones Sospechosas): Inmediato., Ausencia de ROS: Mensual.
  • Jurisdicción: Colombia

Establece la obligación para los operadores de servicios postales de pago de implementar un sistema SARLAFT-FPADM y realizar reportes periódicos a la UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero) para mitigar riesgos de LA/FT/FPADM.


Sector Vigilado por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MINTIC)

¿Qué normas los regula?

  • Resolución No. 0002564 de diciembre de 2016 (derogada a partir del 3 de enero de 2022).
  • Resolución No. 0002679 de diciembre de 2016.
  • Resolución No. 01292 de mayo de 2021 (rige a partir del 3 de enero de 2022 y deroga la Resolución 0002564/16).

¿Quiénes deben aplicar las normas?

  • Los operadores de servicios postales de pago.
  • Operador Postal Oficial.

¿Cuál es el sistema que deben aplicar?

SARLAFT-FPADM: Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.

¿Cuáles son los reportes que se deben realizar a la UIAF mediante el SIREL (Sistema de Reportes en Línea) y su periodicidad?

  1. Reporte de Operaciones Intentadas y Operaciones Sospechosas (ROS): Envío inmediato.
  2. Reporte de Ausencia de Operaciones Sospechosas: Mensual.
  3. Reporte de Transacciones en Efectivo: Mensual.
    • Individuales: Cuantía de doscientos mil pesos ($200.000).
    • Múltiples: Cuantía de un millón de pesos ($1.000.000).
  4. Reporte de Ausencia de Transacciones en Efectivo: Mensual.

Definiciones Clave

SARLAFT: Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo

FPADM: Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva

ROS: Reporte de Operaciones Sospechosas

UIAF: Unidad de Información y Análisis Financiero

LA/FT: Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo

ALA/CFT: Anti-Lavado de Activos y Contra-Financiación del Terrorismo

Preguntas Frecuentes

¿Quién debe cumplir con esta regulación?

Operadores de servicios postales de pago, Operador Postal Oficial.

¿Cuál es la periodicidad de los reportes?

Los reportes principales deben enviarse según los plazos establecidos: ROS de forma inmediata, otros reportes según la periodicidad específica de cada tipo.

¿Dónde se envían los reportes?

Los reportes se envían a través del Sistema de Reportes en Línea (SIREL) de la UIAF.

¿Qué pasa si no cumplo?

El incumplimiento puede resultar en sanciones administrativas, multas y otras medidas correctivas por parte de la autoridad supervisora.

Recursos Relacionados

Documentos Normativos

  • Resolución 0002564 de 2016 (MINTIC) - Derogada por Res. 01292/21
  • Resolución 0002679 de 2016 (MINTIC)
  • Resolución 01292 de 2021 (MINTIC)

Enlaces Útiles

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