Acuerdo 04 de 2019 del cnjsa

Establece el Sistema de Prevención del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SIPLAFT) para juegos de suerte y azar localizados.

Autoridad
Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA)
Sistema
SARLAFT-FPADM (Sistema de Administración de Riesgos de LA/FT y FPADM)
Versión
2021
Estado
Activo

Prevención integral de riesgos

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Prevenir riesgos

Resumen Ejecutivo

Guía de Normatividad ALA/CFT (Anti-Lavado de Activos y Contra-Financiación del Terrorismo) - Juegos de Suerte y Azar Territoriales es una regulación emitida por Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA) que establece las obligaciones de cumplimiento para el sector gaming (territorial).

Puntos Clave:

  • Entidades Obligadas: Entidades públicas y operadores privados autorizados para explotar y administrar juegos de suerte y azar territoriales (lotería, chance, apuestas hípicas, rifas, etc.).
  • Sistema Requerido: SARLAFT (Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo)-FPADM (Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva) (Sistema de Administración de Riesgos de LA/FT (Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo) y FPADM)
  • Reportes Principales: ROS (Reporte de Operaciones Sospechosas): Inmediato., Ausencia de ROS: Mensual.
  • Jurisdicción: Colombia

Regula a los operadores de juegos de suerte y azar de nivel territorial, exigiéndoles implementar un SARLAFT-FPADM y reportar a la UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero) las operaciones sospechosas y los ganadores de premios que superen ciertos umbrales.


Sector Vigilado por el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA)

¿Qué normas los regula?

  • Acuerdo No. 574 de julio de 2021 del CNJSA.

¿Quiénes deben aplicar las normas?

Entidades públicas del orden departamental y municipal, Distrito Capital, Distritos Especiales, Sociedades de Capital Público Departamental, Asociaciones, Empresas Industriales y Comerciales del Estado, la Cruz Roja Colombiana, y personas jurídicas y asociaciones operadoras de juegos de suerte y azar territoriales (lotería tradicional, chance, apuestas en eventos hípicos, lotería instantánea, rifas y promocionales).

¿Cuál es el sistema que deben aplicar?

SARLAFT-FPADM: Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.

¿Cuáles son los reportes que se deben realizar a la UIAF mediante el SIREL (Sistema de Reportes en Línea) y su periodicidad?

  1. Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS): Envío inmediato.
  2. Reporte de Ausencia de Operaciones Sospechosas: Mensual.
  3. Reporte de Ganadores de Premios en Dinero o Especie: Mensual, con los siguientes umbrales:
    • Apuestas permanentes o chance y apuestas en eventos hípicos: Premios que superen 15 UVT (Unidad de Valor Tributario).
    • Lotería Tradicional o de billetes y lotería instantánea: Premios que superen 140 UVT.
    • Rifas y promocionales: Premios que superen 150 UVT.
  4. Reporte de Ausencia de Ganadores de Premios: Mensual.

Definiciones Clave

SARLAFT: Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo

FPADM: Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva

ROS: Reporte de Operaciones Sospechosas

UIAF: Unidad de Información y Análisis Financiero

LA/FT: Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo

ALA/CFT: Anti-Lavado de Activos y Contra-Financiación del Terrorismo

UVT: Unidad de Valor Tributario

Preguntas Frecuentes

¿Quién debe cumplir con esta regulación?

Entidades públicas y operadores privados autorizados para explotar y administrar juegos de suerte y azar territoriales (lotería, chance, apuestas hípicas, rifas, etc.)..

¿Cuál es la periodicidad de los reportes?

Los reportes principales deben enviarse según los plazos establecidos: ROS de forma inmediata, otros reportes según la periodicidad específica de cada tipo.

¿Dónde se envían los reportes?

Los reportes se envían a través del Sistema de Reportes en Línea (SIREL) de la UIAF.

¿Qué pasa si no cumplo?

El incumplimiento puede resultar en sanciones administrativas, multas y otras medidas correctivas por parte de la autoridad supervisora.

Recursos Relacionados

Documentos Normativos

  • Acuerdo No. 574 de julio de 2021 (CNJSA)

Enlaces Útiles